Términos y condiciones
TÉRMINOS Y CONDICIONES FINANZAS 360
Los presentes Términos y Condiciones corresponden a los lineamientos generales de los servicios prestados por la sociedad FINANZAS 360, identificada con 901.819.906 – 2, en adelante reconocida como FINANZAS 360.
CONOCIMIENTO
Para el conocimiento de todos, el presente documento rige el uso de los servicios prestados por FINANZAS 360, de manera que toda persona que solicite y acceda a los mismos se verá en la obligación de conocerlos y acogerse a su cumplimiento, así como actualizarse en cuanto a los cambios y ajustes que los mismos puedan sufrir.
ACEPTACIÓN
De conformidad con el inciso previo, quién ingresa a FINANZAS 360, acepta de manera libre y voluntaria las obligaciones, los deberes, así como cada una de las responsabilidades estipuladas en el presente documento, y las que se deriven o lleguen a derivar. Así mismo, toda relación contractual acordada con FINANZAS 360 se rige, en lo que competa a los presentes Términos y Condiciones que se entienden aceptados por la Parte suscriptora, razón por la que serán plenamente vinculantes, en toda y cada una de sus directrices, obligaciones, deberes y derechos. Los usuarios reconocen y aceptan de forma libre que estos Términos y Condiciones podrán ser susceptibles de ajustes y modificaciones, de forma unilateral y a criterio de FINANZAS 360, quien ostenta amplias facultades para realizar dichos cambios, dentro del marco normativo vigente en la República de Colombia. Por lo tanto, es deber de todas las personas revisar las mismas y sus actualizaciones.
DEFINICIONES
USUARIO: Toda persona que haga uso del aplicativo https://app.finanzas360.co para los fines correspondientes a solicitud de crédito, revisión de productos crediticios con FINANZAS 360 y cualquier otro uso que corresponda.
CLIENTE: Toda persona que tenga un producto vigente con FINANZAS 360, haciendo uso directo, indirecto o remoto de los canales de prestación de servicios de FINANZAS 360.
MUTUANTE: Parte contractual que otorga el crédito al MUTUARIO.
MUTUARIO: Parte contractual que recibe el desembolso del préstamo y se obliga con el MUTUANTE a pagar el valor total del crédito.
AFIANZADOR: Parte contractual que otorga garantía o se hace responsable de asegurar el cumplimiento de la obligación que El MUTUARIO asume con EL MUTUANTE, es decir, otorga fianza.
FIANZA: La fianza es una obligación accesoria, en virtud de la cual una o más personas responden de una obligación ajena, comprometiéndose para con el acreedor a cumplirla en todo o parte, si el deudor principal no la cumple, es decir, esta es una garantía, que brinda el DEUDOR, previa aceptación y autorización para adicionarlo al crédito a su costa al momento del desembolso del crédito, en caso de incumplimiento y por lo tanto beneficia directamente al deudor en caso de incumplimiento. El servicio previamente mencionado podrá ser contratado por la entidad de preferencia del DEUDOR previa aceptación y validación del ACREEDOR o podrá contratarse a la entidad reconocida y sugerida por el ACREEDOR, previa aceptación del DEUDOR.
ESTUDIO: Proceso mediante el cual se realiza la verificación de información del mutuario o afianzador, por medio de plataformas de información, que nos permitan corroborar la veracidad de los datos, para realizar un análisis de riesgo del MUTUARIO (DEUDOR) y los codeudores a los que hubiera lugar, para poder celebrar el contrato de mutuo y de fianza.
GASTOS DE ESTRUCTURACIÓN DEL CRÉDITO: Son los costos asociados con el proceso de diseño, análisis, evaluación y otorgamiento del crédito por parte de FINANZAS 360. Estos gastos son los costos administrativos y operativos en que la institución incurre al evaluar la solicitud de préstamo, determinar la elegibilidad del solicitante y establecer los términos y condiciones del crédito, los cuales serán adicionados al momento del desembolso al valor total del crédito.
VALOR DE DESEMBOLSO: Es la cantidad de dinero que se deposita en la cuenta del DEUDOR o se entrega en efectivo, teniendo en cuenta las deducciones por costos adicionales y factores como tasas de interés, seguros u otros cargos asociados al préstamo, como los gastos de estructuración del crédito, seguro de vida, fianza y gastos financieros que son asumidos y adicionados, previa autorización y aceptación al valor del crédito aprobado por el deudor al momento del desembolso de su crédito.
SEGURO DE VIDA DEUDORES: Es un requisito asociado al crédito de libre inversión, el cual está diseñado para proteger al DEUDOR y a la entidad financiera en caso de que el DEUDOR, presente alguna discapacidad, incapacidad o fallezca durante el plazo del préstamo. Su propósito principal es cubrir el saldo pendiente del préstamo en caso de fallecimiento del DEUDOR, liberando a los familiares o herederos del peso financiero de la deuda. Es esencial destacar que la contratación del seguro de vida de deudores podrá ser contratado por la entidad de preferencia del DEUDOR o podrá realizarse por medio de la entidades reconocidas y sugeridas por el ACREEDOR, lo que conlleva a un costo adicional el cual se añade al valor total del crédito a favor del deudor, en caso de que este así lo elija, y se aplica en el momento del desembolso del crédito, a menos que el deudor opte por constituir este seguro con una entidad diferente a su costa, siempre y cuando dicha entidad esté legalmente autorizada y cumpla con las condiciones establecidas por FINANZAS 360.
REEMBOLSO DE GASTOS FINANCIEROS: Es el proceso de devolver a la entidad financiera los costos adicionales relacionados con la obtención y gestión del préstamo. VALOR DEL CRÉDITO: Es el monto neto que autoriza y asume el DEUDOR después de deducir las comisiones y los costos asociados al préstamo a su costa, el cual en ningún caso será igual al valor de desembolso, debido a los cargos asociados al préstamo, como los gastos de estructuración del crédito, seguro de vida, fianza y gastos financieros que son asumidos y adicionados al préstamo y al valor total del crédito, previa autorización y aceptación para el pago a terceros por el deudor al momento del desembolso del crédito a su favor, salvo que se asuman de manera previa al desembolso.
DERECHOS DE FIANZA: Son gastos cobrados al MUTUARIO (DEUDOR) por los gastos que se incurren en la legalización de la relación contractual y prestación del servicio, con las tarifas que podrán ser consultadas en el sitio web https://portal.finanzas360.co
FORMATO DE RECLAMACIÓN: Documento en el cual se reporta el incumplimiento del ACREEDOR (DEUDOR), como deudor principal, frente a una o todas las obligaciones garantizadas por medio del contrato de fianza.